Guías para reclamar · Administración
Cómo recurrir una resolución del ayuntamiento u otra Administración
¿El ayuntamiento u otra Administración ha resuelto algo en tu contra? Recurrir una resolución de un ayuntamiento u otra Administración pública (recurso de reposición o de alzada).
El plazo
Un mes desde el día siguiente a la notificación (alzada o reposición).
Qué necesitas tener a mano
- La resolución que recurres y la fecha en que te la notificaron
- Los documentos que apoyan tus argumentos
Paso a paso
- Mira al pie de la resolución qué recurso cabe (alzada o reposición) y ante quién: lo dice la propia notificación.
- Preséntalo por registro electrónico o en cualquier oficina de registro y guarda el justificante.
Cómo se presenta: Registro electrónico de la Administración o cualquier oficina de registro (también Correos, «correo administrativo»).
Qué dice la ley
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, arts. 112 a 126
Contra actos que no ponen fin a la vía administrativa cabe recurso de alzada en un mes. Contra los que sí la ponen cabe recurso potestativo de reposición en un mes. Se presentan por registro electrónico o en cualquier oficina de registro.
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Normas comprobadas por última vez el 13 de octubre de 2026.